Inscripción en Registro de Entidades Ciudadanas


Objeto / Descripción
La calificación de una entidad como ciudadana se obtiene mediante su inscripción en el registro de entidades ciudadanas. Para esta inscripción, las entidades deben tener su sede y su ámbito de actuación principal en el municipio de Avilés. Se trata de un registro destinado a conocer la realidad asociativa de la ciudad, que analiza y estudia las variaciones en el tejido asociativo con el fin de transmitir esta información al Ayuntamiento y a las entidades. Tiene carácter público y puede ser consultado por cualquier persona interesada, estará adscrito a la unidad administrativa encargada de los asuntos referentes a la Participación Ciudadana. Podrán inscribirse todas aquellas Asociaciones, Federaciones, Confederaciones, Uniones de Asociaciones de base, Fundaciones y Clubes Deportivos, que estén constituidas con arreglo al régimen general de las Asociaciones que establece la Ley orgánica 1/2002, de 22 de marzo, Reguladora del derecho de Asociación o su normativa específica.

Trámites del Registro de Entidades Ciudadanas:


a) Inscripción: obligatorio cumplimentar el trámite electrónico denominado: Inscripción en el registro de entidades ciudadanas del Ayuntamiento de Avilés, acompañado de la documentación descrita en el mismo.

b) Renovación: obligatorio para conservar los derechos que otorga la inscripción, cumplimentando el trámite electrónico denominado: Renovación anual de los datos de las entidades ciudadanas del Ayuntamiento de Avilés. (Estará disponible en la sede electrónica del 1 de enero al 31 de marzo de cada año).

c) Modificación de datos: obligatorio comunicar las modificaciones realizadas en los datos inscritos en el plazo de un mes a partir de dichos cambios, cumplimentando el trámite electrónico denominado: Modificación de los datos en el registro de entidades ciudadanas del Ayuntamiento de Avilés. Si modifican Estatutos deberán aportarlos junto con el documento público acreditativo de su inscripción en el registro correspondiente.

d) Baja de los datos, por solicitud de la entidad interesada cumplimentando el trámite electrónico denominado: Baja de la entidad en el registro de entidades ciudadanas del Ayuntamiento de Avilés.

El incumplimiento por parte de las Entidades inscritas en el Registro de los requisitos y obligaciones producirá la cancelación de la inscripción y la pérdida de los derechos reconocidos en estas normas, previa resolución motivada en todo caso. Asimismo, podrá el Ayuntamiento proceder a la baja de oficio de aquellas entidades que permanezcan inactivas.

Unidad Tramitadora
Área de Bienestar Social
Participación y Ciudadanía

Documentación a aportar


Documentación Tipo Presentación Modelo
Otros documentos Opcional Ambas

Caso de Modificación de Estatutos o Alta en el Registro de Entidades

Documentación Tipo Presentación Modelo
Estatutos de la Entidad, validados por el Registro Público correspondiente según su normativa de aplicación, donde se exprese su denominación, ámbito territorial de actuación, domicilio social, sus fines y actividades, patrimonio inicial, recursos económicos de los que podrá hacer uso, criterios que garanticen el funcionamiento democrático de la entidad y todos aquellos extremos que se especifican en la Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo, reguladora del Derecho de Asociación o normativa aplicable. Opcional Electrónica
Documento público acreditativo de la inscripción y número de la misma en el Registro de Asociaciones o Fundaciones del Principado de Asturias o registro correspondiente Opcional Electrónica

Leyes


  • Ley 1/2002, de 22 de Marzo, reguladora del Derecho de Asociación
  • Ley 7/1985, de 2 de Abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local
  • Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas
  • Reglamento de Participación Ciudadana de Avilés (BOPA 24 de noviembre de 2007)
  • Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias

Tramitación electrónica



Leyenda


Tipo de documentación a aportar

  • Opcional Opcional
  • Obligatorio Obligatorio

Presentación

  • Presencial Presencial
  • Electrónica Electrónica
  • Ambas Ambas

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