Consulta Pública Previa


Objeto / Descripción
De conformidad con lo establecido en el artículo 133 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se establece una consulta previa a través de la sede electrónica para que los sujetos y las organizaciones más representativas potencialmente afectados puedan emitir su opinión.

La consulta pública previa tiene por objeto recabar la opinión de ciudadanos, organizaciones y asociaciones antes de la elaboración de un proyecto normativo.

A continuación se recoge el listado de las iniciativas y propuestas normativas indicando el título, la fecha en que finaliza el plazo de la consulta y el medio para realizar las aportaciones. Está ordenado por fecha de publicación, de más reciente a más antiguo.

Pulse aquí para acceder a la relación de consultas públicas previas.


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