Inscripción en el Registro de parejas de hecho


Objeto / Descripción
La solicitud para la inscripción de parejas de hecho en el Ayuntamiento de Avilés se tramita en Secretaría General.
Los interesados deben cumplir los siguientes requisitos:
1. Los miembros de la unión de hecho deberán de estar debidamente identificados, ser mayores de edad o, en su caso, estar emancipados.
2. Deberán ser residentes en el Municipio de Avilés y estar empadronados en el mismo domicilio, con al menos un AÑO de antigüedad, si bien si la pareja tuviera descendencia en común, bastará la mera convivencia, no exigiéndose dicho período.
3. Deberán ser solteros, viudos, divorciados, haber obtenido la nulidad matrimonial o estar separados judicialmente.
4. No pueden constituir unión de hecho las personas que forman una unión estable y registrada con otra persona.
5. Ninguno de sus miembros deberá de haber sido declarado incapacitado.
6. No podrán ser parientes por consanguinidad hasta el tercer grado.

Respecto a la documentación acreditativa de los requisitos:
1. Documentación de identificación de los solicitantes en vigor:
a) En el caso de los españoles, deberán presentar Documento Nacional de Identidad.
b) En el caso de extranjeros, deberán presentar pasaporte.
2. Certificado de estado civil (soltero, divorciado o viudo) de los miembros que vayan a constituir la unión:
b. Para extranjeros: deberán de presentar algunos de los siguientes certificados:
b.1. Certificado de la Embajada/Consulado de su país en España que acredite su estado civil.
b.2. O bien Certificado expedido por el Registro Civil de la localidad de nacimiento.
3. Para acreditar la emancipación en su caso, deberán de aportar escritura pública o resolución judicial.
4. Certificado de empadronamiento que se aportará de oficio por el propio Ayuntamiento de Avilés
5. Declaración de no tener relación de parentesco, de no estar incapacitados para emitir consentimiento válido, de no formar unión estable con otra persona y de de no estar inscrito en ningún otro Registro de Parejas de Hecho.
6. En el caso de que la pareja tuviera descencdencia en común, y si no resultara acreditado con la información de empadronamiento, se deberá de aportar Libro de Familia.

Tramitación electrónica



2018 Ayuntamiento de Avilés | Todos los derechos reservados

informacion@aviles.es